La constitución española: lo que es y lo que debería ser

Uno de los problemas que se achacan al desarrollo jurídico en España es que cada momento quiere plasmar su idea de sociedad, de forma utópica, en una Constitución. Así fue desde la primera que se reconoce por parte de la historiografía—ignorando por un momento la Carta Otorgada. La Constitución de Cádiz, de 1812, no sólo establecía la estructura orgánica de un estado unitario pero liberal, bajo una monarquía limitada, para un país ocupado y lastrado por la hegemonía del Antiguo Régimen, sino que se atrevía a dibujar un horizonte liberal: una utopía de ciudadanos libres e iguales que debíamos ser—nada menos—justos y benéficos.

El siglo XIX se caracterizó por un vaivén constitucional que, según el equilibrio de fuerzas, establecía la monarquía absoluta o la república federal, el anticlericalismo desamortizador o la imposición del culto, el sufragio universal o el censitario… En fin, los juristas que redactaban aquellos documentos, acostumbrados a la curiosa alquimia del derecho, que parece—sólo parece—transformar palabras en fuerza, intentaban obrar un sortilegio que transformase las costumbres, puntos de vista, y prácticas de un país entero.

Sin perjuicio de las innovaciones y calidad técnica de algunos borradores, desde el punto de vista práctico todas estuvieron avocadas al fracaso, teniendo en cuenta su corta vigencia, y limitada eficacia. Por mucho que se hablase de sufragio universal y libertad de prensa, la censura y el caciquismo continuaban funcionando a sus anchas.

La Constitución del 1978 fue el resultado de un proceso tutelado por los poderes que entonces controlaban el país, en que las fuerzas sociales llegaron a un mal acuerdo con el que, por lo menos entonces, podían vivir. No se caracteriza por ser original, siendo en buena medida un calco de la Grundgesetz alemana o la constitución italiana, con aquellas peculiaridades locales de una monarquía parlamentaria y un Estado con un pie en el laicismo y otro en el nacional-catolicismo.

No resolvió ninguno de los problemas difíciles: el territorial, el religioso, la cuestión obrera… Pero tampoco se trataba de eso, sino de encontrar un marco lo bastante amplio como para que, quizás en un futuro, se fuesen abordando esas cuestiones.

En esta serie voy a describir cada uno de los artículos de la Constitución, indicando los problemas que nos dejan, y como, a día de hoy, me gustaría que estuviesen redactados.

Hasta aquí hoy. Mañana el artículo 1.

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